Proceso de Categorización Científica en la Universidad de Ciencias Médicas de Holguín
La Resolución No.171 del 27 de diciembre de 2023 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, “Reglamento para la categorización de los investigadores”, pone a relieve los requisitos básicos para optar por categorías científicas.
El proceso de categorización científica se realiza cada año con la finalidad de certificar el potencial científico y tecnológico, y en nuestro contexto, dirigido al potencial humano de las instituciones del sector de la salud en la provincia. Por otra parte, constituye un incentivo para el desarrollo de las investigaciones y la introducción de resultados científicos, tecnológicos y de innovación que garantizan el incremento de los estándares de calidad necesarios para la evaluación externa por la Junta de Acreditación Nacional. Todo ello posibilita una alta visibilidad de la Universidad de Ciencias Médicas de Holguín a nivel internacional.
En tal sentido, es necesario hacer llegar a los diferentes niveles y estructuras metodológicas y de dirección, la presente convocatoria, con el objetivo de organizar el proceso de confección de expedientes a partir de una evaluación individual de los investigadores interesados, en virtud de los requisitos establecidos para ello, acordes al tipo de categoría que se aspira. Los interesados deberán ponerse en contacto con los metodólogos del área de ciencia de sus respectivas instituciones para recibir la orientación correspondiente para la confección y tramitación de los expedientes.
El cronograma para la entrega de los expedientes será el siguiente:
- Expedientes para categorías superiores (Auxiliar y Titular) y categorías honoríficas (Investigador de Mérito, Investigador Colaborador y Experto Consultante): Se entregan impresos en la primera quincena de marzo.
- Expedientes para categorías inferiores (Aspirante a Investigador e Investigador Agregado): Se entregan impresos en la primera quincena del mes de abril.
No se recibirán los expedientes impresos sin antes haber sido revisados en formato digital para garantizar su calidad antes entregar a la Comisión Provincial de Categorización Científica. Los expedientes que entren fuera de esas fechas será automáticamente rechazados cuales sean las causas.
Instrucciones para la opción a Categorías Científicas con Marco Legal 171/2023
Las categorías superiores de Investigador Titular e Investigador Auxiliar son otorgadas por la Comisión Central de Categorización Científica, en el caso de las Categorías de Aspirante a Investigador e Investigador Agregado son otorgadas por tribunales sectoriales aprobados a nivel de ministerio y amparados en Resolución. Estas categorías también pueden ser retiradas a los investigadores por causas definidas en la resolución, en el caso de inconformidades con los resultados de la evaluación pueden apelar a los tribunales antes mencionados de manera personal.
Requisitos básicos para optar por categorías científicas y confección del expediente:
Investigador Titular: Requisitos para la opción de la Categoría Científica Superior de Investigador Titular por modelos.
- Modelo 1. Estudios de grado: se evidencia solo con el título profesional universitario.
- Modelo 2. Estudios de Posgrado: se evidencia con el Título de Doctor en Ciencias en una especialidad o título de Doctor en Ciencias, en su defecto por la resolución de comisión de grado científico (OBLIGATORIO) fechada antes del 31 de diciembre de 2025, además con los títulos de especialista I y II Grado y título de Máster en Ciencias, en caso de que proceda. Deberán listar los cursos de postgrado en forma cronólogica que no llevan evidencia, como mínimo 15 años atrás, 2 por año y con prioridad en los últimos 5 años.
- Modelo 3. Experiencia profesional: Se describe en forma cronológica la experiencia profesional según la trayectoria laboral y científica de los investigadores, instituciones y actividades fundamentales del encargo social, así como, el desarrollo de investigaciones, desarrollo y/o innovación (I+D+i) en dependencia de su aplicación a la ciencia.
Se acompaña de:
(Evaluaciones científicas y tecnológicas): tres en los años anteriores a este proceso 2025,2024,2023 y título de categoría científica anterior en caso de ser promoción DE AUXILIAR. Se recomienda elaborarlas al concluir el llenado de todos los modelos que contiene el expediente, pues guardan relación con los resultados aportados por estos durante los años válidos para las evaluaciones. Se debe fundamentar adecuadamente, sin obviar los aportes contenidos en el expediente y otros, de manera que demuestren la experticia del investigador. Se sugiere consultar el instructivo anexo y ejemplos de evaluaciones de otros expedientes.
- Modelo 4. Resultados Científicos y Tecnológicos: Seleccionar 12 temas de investigación con sus resultados científicos, de ser posible con una línea de investigación consolidada en el tiempo y plasmen su aporte al conocimiento científico. Se sugiere que haya una consecutividad en años, de manera cronológica, sin que exista periodos sin investigar. Los resultados deben ser tangibles, obtenidos y no por obtener, que guarden relación con producción científica del investigador (publicaciones científicas, premios y distinciones científicas y eventos de carácter nacional e internacional).
- Cada resultado se acompaña de Anexo 1 (Certificación de los aportes del resultado) y Anexo 2 (Certificación de la introducción del resultado). Se explica en el instructivo para la confección de los Anexos, además se recomienda utilizar la metodología de IA. (Se anexan)
- Modelo 5. Publicaciones científicas: 15 artículos como mínimo con demostrado aporte al conocimiento y protagonismo, de ellas tres en los últimos 5 años priorizar sea autor principal, último autor o autor para la correspondencia. Se considera una patente concedida, se plasma en el expediente la primera página de cada publicación (dos pueden estar pendientes)
- Modelo 6 . (Eventos científicos): se relacionan los eventos científicos de carácter nacional e internacional aportados en los últimos 10 años, sobre todo los relacionados con investigaciones de su especialidad y que validen introducción de resultados en la práctica social, con énfasis en los últimos 5 años (tres eventos como mínimo en los últimos 5 años). No requiere evidencia.
- Modelo 7 . (Actividad docente de pre y postgrado). Fundamentalmente, la de postgrado: tribunales, tutorías, asesorías de doctores, especialistas y máster. No requiere evidencia.
- Modelo 8 . (Problemas sociales de ciencia, la tecnología e idioma extranjero). Dominio de un idioma extranjero y conocimiento de otro. Pueden utilizar mínimos de Doctorado, actas de profesor titular y el segundo idioma solo tribunales universitarios, solo se aceptan academia Humboldt para alemán y Alianza Francesa para francés, las actas llevan cuños legibles de carácter institucional.
- Modelo 9 . (Distinciones científicas y membresías). No lleva evidencia, sólo las de carácter científico.
- Modelo 10 Historia de las categorías. Uso del tribunal
- Modelo 1. Estudios de grado: se evidencia solo con el título profesional universitario.
- Modelo 2. Estudios de Posgrado: solo presenta si procede el Título de Doctor en Ciencias en una especialidad o título de Doctor en Ciencias, (NO OBLIGATORIO), además con los títulos de especialista I y II Grado y título de Máster en Ciencias, en caso de que proceda, no es obligatorio ser máster para aspirar a esta categoría. Deberán listar los cursos de postgrado en forma cronólogica que no llevan evidencia, como mínimo 10 años atrás, 2 por año y con prioridad en los últimos 5 años.
- Modelo 3. Experiencia profesional: Se describe en forma cronológica la experiencia profesional según la trayectoria laboral y científica de los investigadores, instituciones y actividades fundamentales del encargo social, así como, el desarrollo de investigaciones, desarrollo y/o innovación (I+D+i) en dependencia de su aplicación a la ciencia.
Se acompaña de:
(Evaluaciones científicas y tecnológicas): tres en los años anteriores a este proceso 2025,2024,2023 y título de categoría científica anterior en caso de ser promoción DE ASPIRANTE A INVESTIGADOR O INVESTIGADOR AGREGADO. Se recomienda elaborarlas al concluir el llenado de todos los modelos que contiene el expediente, pues guardan relación con los resultados aportados por estos durante los años válidos para las evaluaciones. Se debe fundamentar adecuadamente, sin obviar los aportes contenidos en el expediente y otros, de manera que demuestren la experticia del investigador. Se sugiere consultar el instructivo anexo y ejemplos de evaluaciones de otros expedientes.
- Modelo 4. Resultados Científicos y Tecnológicos: Seleccionar 10 temas de investigación con sus resultados científicos, de ser posible con una línea de investigación consolidada en el tiempo y plasmen su aporte al conocimiento científico. Se sugiere que haya una consecutividad en años, de manera cronológica, sin que exista periodos sin investigar. Los resultados deben ser tangibles, obtenidos y no por obtener, que guarden relación con producción científica del investigador (publicaciones científicas, premios y distinciones científicas y eventos de carácter nacional e internacional).
- Cada resultado se acompaña de Anexo 1 (Certificación de los aportes del resultado) y Anexo 2 (Certificación de la introducción del resultado). Se explica en el instructivo para la confección de los Anexos, además se recomienda utilizar la metodología de IA. (Se anexan)
- Modelo 5. Publicaciones científicas: 10 artículos como mínimo con demostrado aporte al conocimiento y protagonismo, de ellas tres en los últimos 5 años priorizar dos que sea autor principal, último autor o autor para la correspondencia. Se considera una patente concedida, en caso de no ser así, se evaluará la calidad de los artículos científicos, su aporte al conocimiento, revista en que ha sido publicado y su nivel de indexación. Se plasma en el expediente la primera página de cada publicación (dos pueden estar pendientes)
- Modelo 6 . (Eventos científicos): se relacionan los eventos científicos de carácter nacional e internacional aportados en los últimos 10 años, sobre todo los relacionados con investigaciones de su especialidad y que validen introducción de resultados en la práctica social, con énfasis en los últimos 5 años (tres eventos como mínimo en los últimos 5 años). No requiere evidencia.
- Modelo 7 . (Actividad docente de pre y postgrado). Fundamentalmente, la de postgrado: tribunales, tutorías, asesorías de doctores, especialistas y máster. No requiere evidencia.
- Modelo 8 . (Problemas sociales de ciencia, la tecnología e idioma extranjero). Dominio de un idioma extranjero. Pueden utilizar mínimos de Doctorado, actas de profesor titular y el segundo idioma solo tribunales universitarios, solo se aceptan academia Humboldt para alemán y Alianza Francesa para francés, las actas llevan cuños legibles de carácter institucional.
- Modelo 9 . (Distinciones científicas y membresías). No lleva evidencia, sólo las de carácter científico.
- Modelo 10 Historia de las categorías. Uso del tribunal
- Modelo 1 (título profesional universitario)
- Modelo2 (solo presenta estos títulos si proceden) Título de Doctor en Ciencias en una especialidad o título de Doctor en Ciencias, en caso de serlo o resolución, en caso de que proceda títulos de especialista I y II Grado y título de Máster en Ciencias,
- Modelo 3 (Evaluaciones científicas tres de los años anteriores a este proceso 2023,2024, 2025 y título de categoría científica anterior en caso de ser promoción o sea Aspirante a Investigador que continúa siendo una categoría transitoria.
- Modelo 4 (5 temas de investigación con sus resultados científicos que establezcan su línea de investigación y plasmen su aporte a la ciencia y la tecnología. (Lleva Anexo 1: criterio del órgano científico sobre la superación individual de aspirantes a la categoría de investigador agregado)
- Modelo 5 (publicaciones científicas mínimo 3 artículos de ellas 2 en los últimos 5 años o una patente Se evidencia con la primera página impresa de la publicación científica. (una puede estar pendiente)
- Modelo 6 (eventos científicos, se relacionan en los últimos 5 años, de no tener muchos eventos por el tipo de especialidad pueda relacionar más años en el modelo. Tres eventos como mínimo en los últimos 5 años. No requiere evidencia
- Modelo 7 Actividad docente en caso de ostentar categoría. No requiere evidencia
- Modelo 8 Actas de problemas sociales de ciencia y técnica e idioma. pueden utilizar mínimos de Doctorado, si procede en caso de los que son doctores, o han realizado el examen, actas de profesor asistente o profesor auxiliar, emitidos por tribunales universitarios, solo se aceptan academia Humboldt para alemán y Alianza Francesa para francés., las actas llevan cuños legibles y de carácter institucional.
- Modelo 9 Distinciones científicas y membresías no lleva evidencia, todo de carácter científico.
- Modelo 10 Historia de las categorías. Uso del tribunal
- Modelo 1 (título profesional universitario) se elimina el requisito de índice académico de 4 puntos o más, por lo que no es necesario la certificación de notas.
- Modelo 2 (solo presenta estos títulos si proceden) relación de sus cursos de superación en su especialidad avalados por la Dirección de Ciencia de su institución, en caso de que proceda títulos de especialista I y título de Máster en Ciencias,
- Modelo 3 (Evaluaciones científicas tres de los años anteriores a este proceso 2024 y 2025, en casos excepcionales de profesionales con un alto desempeño científico pueden aspirar con 1 año fiscal. Estos casos son a consideración de la DCIT-UCMHo.
- Modelo 4 (2 temas de investigación con su resultado científico que establezca su línea de investigación.
- Modelo 5 (publicaciones científicas, al menos una publicación en revista científica o una memoria de evento científico aceptada por su comité científico, se evidencia con la primera página impresa de la publicación científica. (puede estar pendiente)
- Modelo 6 (eventos científicos, se relacionan en los últimos 2 años, de no tener muchos eventos por el tipo de especialidad pueda relacionar más años en el modelo que incluya etapa estudiantil. Un evento como mínimo en los últimos 5 años). No requiere evidencia
- Modelo 7 Actividad docente en caso de ostentar categoría. No requiere evidencia
- Modelo 8 Actas de problemas sociales de ciencia y técnica e idioma. no es aplicable a esta categoría en caso de tenerlas pueden presentarlas.
- Modelo 9 Distinciones científicas y membresías no lleva evidencia, todo de carácter científico.
- Modelo 10 Historia de las categorías. Uso del tribunal
Categorías Honorificas y Especiales
Se otorgan a Investigadores Titulares al ser categorías honoríficas y especiales son solicitadas por el titular MINSAP y otorgadas por el Titular del CITMA y su otorgamiento o no, es inapelable
La Categoría Honorífica de Investigador de Mérito se confiere a aquellos investigadores, vinculados a las actividades de la investigación científica, desarrollo e innovación y que cumplan los requisitos siguientes:
- a) Distinguirse por su dedicación científica y tecnológica de forma relevante durante treinta años en las actividades investigativas, tecnológicas y en la labor formadora de científicos, tecnólogos y especialistas;
- b) tener reconocido prestigio a escala nacional e internacional en su actividad investigativa, de desarrollo o innovación, por haber aportado resultados relevantes al desarrollo científico y tecnológico, económico, político o social del país; yc) ser propuesto al Titular de este Ministerio, por la máxima dirección del organismo de la Administración Central del Estado, Organización Superior de Dirección Empresarial o Entidad Nacional al que pertenece.Investigador de Mérito.
La Categoría Honorífica de Investigador Colaborador se confiere a investigadores de otros países que se hayan distinguido por su colaboración al desarrollo de la actividad científica de nuestro país, a propuesta del Titular de este Ministerio por la máxima dirección de un organismo de la Administración Central del Estado, Organización
Superior de Dirección Empresarial o Entidad Nacional.
La categoría Especial de Experto Consultante se confiere a aquellos investigadores vinculados a las actividades de la investigación científica, desarrollo e innovación que cumplan los requisitos siguientes:
- a) Ser Investigador Titular de reconocido prestigio en la comunidad científica durante más de veinte años, avalado por una sobresaliente actividad científica; y b) ser propuesto al Titular de este Ministerio por el jefe de la Entidad donde labora.


